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jueves, 29 de marzo de 2012

Preguntas acerca de la nueva reforma laboral española 2012

El ejecutivo de Mariano Rajoy aprobó hace algunas fechas la tan sonada reforma laboral. Como todos sabéis nos pueden despedir y tendremos derecho a 20 días de indemnización por año trabajado. De forma general esto es así. Pero muchos todavía no conocen todos los caso que se pueden dar. En el artículo el Think Tank de Defensa Capitalista (DC) os queremos acerca las posibles preguntas acerca de la misma. A través de una metodología pregunta respuesta. Nos ceñiremos a la ley aprobada ya que ya analizamos la misma en un artículo anterior así como las consecuencias y las causas de la "huelga general" que han propiciado. Solamente pretendemos con este artículo aclaraos las dudas que tenías anteriormente y solucionar las que os surjan mientras vais leyendo el artículo.


Pregunta 1: ¿Nueve días de baja pueden llevarte al paro?

-Si, aún estando justificadas (una gripe o un esguince por ejemplo).

Pregunta 2:  ¿El despido solo puede producirse si hay pérdidas?

-Puede producirse aunque no haya pérdidas. Es decir si durante tres trimestres la empresa reduce sus ingresos, puedes reducir tus ingresos pero aún no obtener pérdidas, la empresa puede justificar una o varias bajas laborales.

Pregunta 3: ¿La nueva reforma laboral permite que el empresario te baje el sueldo de forma unilateral?

-Si, alegando razones de productividad, organización técnica o competitividad la empresa puede reducir vuestro salario en la cuantía que estime oportuno.

Pregunta 4: ¿Aún existirá estatuto de trabajadores?

-Si, pero el empresario podrá saltarselo aludiendo razones técnicas, económicas o de producción. Es decir alegando estas razones podrán modificarse no solo salarios, sino también vacaciones, jornada laboral. Todo aunque haya convenios existentes en vigor.

Pregunta 5: ¿En caso de despido improcedente es el trabajador el que debe demostrarlo?

-Si, debemos demostrarlo ante un juez que tu despido ha sido improcedente. Los salarios de tramitación solo se concederán si tras reconocerse la improcedencia del despido eres re-admitido. En caso contrario solo recibes la indemnización de 20 días por año trabajado.



Pregunta 6: ¿Los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) deben contar con la autorización administrativa (ministerio de trabajo/consejería de trabajo)?


-No,ya no es necesario. Se pueden realizar sin autorización administrativa previa. Se acelera la tramitación y se amplían las causas objetivas para realizarlo.

Pregunta 7: ¿Las bonificaciones por maternidad se han suprimido?

-Si, se acabó la bonificación de 100 euros, durante los cuatro años siguientes a la incorporación de la mujer al trabajo, para los empresarios. A la cual se adherían desde el año 2006 tras un decreto-ley del gobierno. 

Pregunta 8: ¿Se puede trabajar y cobrar el paro a la vez?

-Si, aunque solo en casos concretos y se cobrará solo un 25% del paro.


Muchas de estas medidas no son las más apropiadas y a muchos  nos pueden parecer excesivas contra los trabajadores en algunos casos. Sin embargo lo que intentan es incentivar el esfuerzo y premiarlo con un puesto de trabajo. Por muchas vicisitudes el empresario no querrá deshacerse de su fuerza laboral si es productiva para él. No solamente tenemos que ponernos de la perspectiva del trabajador sino también de la de la Pyme o empresario que son también parte del mercado laboral y los que hoy día tenían más difícil re-estructurar su empresa en caso de crisis económica o malos resultados. No creemos desde este Think Tank de Defensa Capitalista (DC) que sea bueno incentiva el "inmovilismo" laboral. Todo lo contrario el esfuerzo, el aprendizaje y la innovación deben de estar a la orden del día. Además como ya dijimos en el último artículo  estas respuestas no son los únicos motivos por los que los sindicatos han convocado esta "huelga general".


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miércoles, 28 de marzo de 2012

Reforma laboral y Huelga general del 29 de marzo

La huelga  es un derecho de los trabajadores. Sin embargo los empresarios no tienen derecho a la huelga. Podemos decir realmente que no se trata de un derecho del trabajador sino de un privilegio estatal más. Además cuando hablamos de "huelga general" solemos aludir a una huelga con fines políticos no económicos. Los sindicatos convocan una huelga que secundarán más o menos los trabajadores pero que va contra el gobierno no contra los empresarios. Por tanto estamos ante una huelga política. Los sindicatos quieren demostrar un poder que no tienen. Tan solo el 10% de los trabajadores están afiliados a los sindicatos. A más, la constitución prohíbe el derecho a la huelga política. Sin embargo se da él caso de todas las "huelgas generales" son políticas y se legalizan igualmente. Es imposible que todos los trabajadores esten descontentos con sus empresarios por tanto de huelga general nada. Además si un grupo de trabajadores está descontento con su empresario puede realizar una huelga contra el empresario suyo, no contra el resto de empresarios. Es la demagogia de los que se acogen a esta huelga sin ni si quiera estar de acuerdo con ella. Solamente porque el sindicato de empresa les da la bendición de ausencia el día de la huelga general en este caso el 29 de marzo.

Antes de entrar en la temática del artículo más a fondo os daremos unas cifra bastante curiosas a cerca de la reforma laboral que dio orgien a la "huelga general". Al liberalizarse muchos métodos de formación laboral ya no dependientes de los sindicatos. Los cursos de formación a cargo de la Fundación Tripartita impartidos por CC.OO, UGT y CEO tienen unas subvenciones anuales de 3.000 millones de euros. Tras la reforma laboral este gasto desaparecería. Quizás a esto se refieran cuando en los pasquines vemos el lema "Quieren acabar con todo". Además la agilización en los expedientes de regulación de empleo (ERE) hará innecesaria la intervención de los asesores sindicales que también recibían una cuantía importante dinero de las arcas públicas del estado. Concretamente hay en España unas 187 organizaciones sindicales, que aunque no hagan  públicos sus ingresos y gastos, si podemos establecer los ingresos que le reportan las CC.AA y el Estado central unos 40 millones de euros. Solo para estas organizaciones sindicales.  A este dinero también debemos sumar el que reciben los sindicatos propiamente dichos  para actividades culturales, de cooperación, seminarios etc que está en torno a los 25 millones de euros. Con la reforma laboral cada  sindicato perdería en torno a los 100 millones de euros pagados por todos los contribuyentes.  Otra cosa es que los sindicatos no aludan a estos datos también para justificar las causas de convocar la "huelga general".


Analizados estos datos pasamos a concluir con nuestra opinión a cerca de esta huelga:


En la opinión de este de Think Tank DC de Defensa Capitalista los sindicatos pretenden con esta "huelga general" del 29 de Marzo, mostrar un poder que realmente no tienen ni ejercen. Su representación de trabajadores afiliados es ínfima, como hemos comentado anteriormente. Y muy probablemente no van ha conseguir nada de sus propuestas. Y ellos lo saben, lo tienen muy interiorizado. Por tanto estamos sin duda alguna ante una "huelga general política" como también hemos comentado con anterioridad. 

Se equivocan en las formas realizando una "huelga general" que no les dará lo que ellos pretenden y que hará hundir más en la ruina a los empresarios españoles. Y se equivocan  en el fondo ya que la protesta versa principalmente contra la reforma laboral. Una reforma laboral que aunque no es suficiente en la opinión de este Think Tank DC de Defensa Capitalista si camina en la dirección adecuada eliminando las trabas que aportaba la negociación colectiva, tan excesivamente burocratizada, a la hora de la re-asignación del factor productivo capital humano en situaciones de "vacas flacas" para la empresa. No es por tanto correcto hablar de abaratamiento del despido y de rebaja del salario unilateral, que también, sino lo que puede llegar a permitir eso, un mantenimiento del nivel de empleo durante una situación eventual empresarial. Así como la reducción de gastos improductivos comentados anteriormente.

Los sindicatos están equivocados tanto en los métodos de actuación como en las causas que provocan esos métodos de actuación. Lo único que pretenden es alentar al enfurecimiento de las masas, agitar la sociedad civil para presionar y mantener los privilegios que todavía hoy disfrutan los sindicatos a pesar de los recortes. Pues las subvenciones hacia sindicatos son un total de 7.200 millones de euros (datos de 2011). Miles de millones de euros de subvenciones.

Es cierto que el gobierno a tomado muy malas decisiones, como la subida del IRPF. Y también a realizado una reforma laboral excesivamente corta a la hora de liberalizar algunos sectores. También al gobierno le quedan cosas por realizar como la eliminación de subvenciones a las energías renovables y la actualización tarifaria energética con el coste de la misma. Pero defender esta "huelga general" nos lleva a caer en el populismo. Caeríamos en el intervencionismo social. Algo que como hemos demostrado en nuestros anteriores artículos no nos hace ningún bien para nuestra economía. En nuestro Think Tank DC de Defensa Capitalista nos preguntamos ¿Por qué los sindicatos no reciben dinero solamente de sus afiliados? (ver vídeo). ¿Por qué no se establece una casilla en la declaración de la renta de las personas físicas, añadida a las que ya existen, en la que se pueda transferir una parte de nuestros ahorros a la causa sindical? (De forma opcional claro). ¿No eliminaríamos de esta forma las posibles malas prácticas de asignación de recursos sindicales? No acabaríamos así con los pensamientos negativo de todo ciudadano en contra de las subvenciones sindicales? 

Se trata de libertad económica, libertad de elección que hacer con nuestro dinero. No creemos que pidamos tanto.


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